El escrito de alegaciones complementarias con carácter general carece de virtualidad para interrumpir la prescripción, excepto que incorpore argumentos adicionales, en cuyo caso cabe otorgarle dichos efectos interruptivos.
Las notificaciones en materia de Seguridad Social, que, por diversos motivos, planteen problemas de localización, deben desde el 1-6-2015 publicarse en el BOE y ya no en el tablón de edictos y anuncios de la Seguridad Social, pasando este a denominarse, desde el 24-6-2015, tablón de anuncios de la Seguridad Social en el que se publicarán anuncios, acuerdos, resoluciones y comunicaciones emitidos por la Administración de la Seguridad Social.