Se adapta el modelo 270, con el objeto de facilitar y mantener un correcto intercambio de información con las Administraciones Tributarias de nuestro entorno, y en consecuencia una mejora en la gestión tributaria; y para cumplir con la obligación de relacionarse con el departamento de Hacienda y Finanzas exclusivamente por medios telemáticos.
Entre las medidas, se introducen cambios en algunas de las deducciones aplicables en este impuesto y se introducen algunas nuevas, las cuales afectan principalmente a los arrendamientos de viviendas permanentes, así como a los gastos derivados de la ELA.
Si se pretende transmitir la vivienda por la que se practicó esta reducción, no existe ningún impedimento a que puedan adquirirse dos o más viviendas con el importe de la enajenación de aquella. Pero se exige que, al menos en una de ellas, se cumpla el requisito del mantenimiento del valor por el que se practicó la reducción en el ISD. En caso contrario, se pierde el derecho a la totalidad de la reducción practicada.
Desde la perspectiva de un consumidor medio, no tiene sentido la aplicación de un tipo impositivo superior al previsto para el pan común, a un pan especial según la la normativa técnico-sanitaria y alimentaria española.
El obligado al pago del IIVTNU en virtud de pacto o contrato con el sujeto pasivo del tributo se encuentra legitimado para instar la rectificación de la autoliquidación tributaria y la devolución del eventual ingreso indebido derivado de aquélla
En las notificaciones electrónicas es indiferente si el acceso al contenido o el rechazo de la misma por el transcurso de 10 días naturales se produce en un día hábil o inhábil.
Solo puede aplicar la deducción el contribuyente a cuyo nombre se ha matriculado el vehículo, con independencia de que este se haya adquirido con fondos gananciales.
Entre las novedades incorporadas, destaca la inclusión de las entidades de pago y de dinero electrónico como posibles entidades colaboradoras en la recaudación y la introducción de una obligación de información periódica para la Administración competente para asignar el NIF.
Para tener derecho al percibo del incremento del 20% de la pensión de incapacidad permanente total es necesario que el pensionista cumpla con los requisitos establecidos legalmente para causar derecho a dicho incremento y que, además, tales requisitos sean acreditados por el pensionista.
La correcta fijación del periodo de prueba requiere que su duración esté claramente especificada en el contrato de trabajo. Por tanto, no es válida la cláusula «según convenio» cuando este solo establece unos periodos máximos de tiempo.