La celebración en fraude de ley de un contrato formativo con una duración de 9 meses para evitar la aplicación del convenio colectivo que reconoce a los trabajadores el derecho de opción en caso de despido improcedente, aunque excluye de su ámbito de aplicación a los trabajadores con menos de 1 año de antigüedad, determina que la relación deba considerarse indefinida y que el cese por expiración de la duración prevista constituya un despido improcedente, así como la aplicación de la norma, en este caso el convenio que se pretendía eludir.
Con efectos desde el 3-4-2025, se modifica el RD 1007/2023 (reglamento VERI*FACTU) para retrasar las fechas previstas para su aplicación; así como para excepcionar de su cumplimiento a determinados obligados tributarios acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII), entre otras modificaciones.
Se aprueba la orden que regula el ámbito objetivo de aplicación para el año 2025 del régimen simplificado del Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias, y se fijan sus módulos.
Se actualizan las condiciones y el procedimiento del modelo 238, de declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas.
Los trabajadores de las empresas contratistas sin convenio propio tienen derecho a que sus relaciones laborales se rijan por el convenio colectivo sectorial aplicable, siempre que sus funciones se encuentren dentro de su ámbito de aplicación.
Consecuencia de la guerra de Ucrania se admitirán con franquicia de derechos de importación y con exención del IVA los bienes y mercancías destinados a ser distribuidos a las personas que huyen de la agresión militar de Rusia contra Ucrania y a las personas necesitadas en Ucrania, o puestos a su disposición gratuitamente. Este beneficio se aplica a las importaciones realizadas en Lituania y Polonia desde el 1-1-2025 a 31-12-2025.
La L Extremadura 1/2025 recoge los beneficios fiscales aprobados por el DL Extremadura 1/2025 en relación con la adquisición de vivienda habitual y de viviendas medias, con algunas modificaciones.
Con efectos desde el 2-4-2025, queda derogado el Real Decreto que se regulaba la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica (
RD 1553/2005
), sin introducirse cambios significativos en la nueva regulación. En concreto, en el caso de la obligación de la obtención del DNI por los mayores de 14 años residentes en España y para los de igual edad que, residiendo en el extranjero, se trasladen a España por tiempo no inferior a 6 meses, se mantiene en los mismos términos (
RD 255/2025 art.4.2
).
Con efectos desde el 8-4-2025, se modifica la Resolución sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
Con efectos a partir de 1-1-2026, se modifican las obligaciones de información acerca de cuentas en entidades de crédito; de préstamos y créditos, y de movimientos de efectivo; y de cobros efectuados mediante tarjetas. Asimismo, se establece una nueva obligación de informar acerca de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas.