Con efectos 3-4-2025, se modifican algunas exenciones, para incluir importes fijados por acuerdos de mediación o de cualquier otro medio adecuado de solución de controversias legalmente previsto y para aclarar su ámbito de aplicación.
Se modifica en Galicia la reducción de la base imponible por adquisiciones mortis causa por razón de parentesco con el causante.
En Asturias se introducen ciertas modificaciones en relación a las reducciones por la adquisición mortis causa e inter vivos de empresas individuales, negocios profesionales o participaciones en entidades por herederos con grado de parentesco con el causante o con el donante.
Además de otras novedades relacionadas con las deducciones, resulta destacable la aprobación de nuevas deducciones relacionadas con el arrendamiento de viviendas vacías.
Se introducen mejoras en alguna de las deducciones existentes, afectando principalmente al arrendamiento de vivienda habitual, la adquisición o rehabilitación de vivienda y al cuidado de descendientes, y se crean nuevas deducciones, que afectan, entre otros, a los gastos de jóvenes, a descendientes en las que uno de sus progenitores haya fallecido en un accidente laboral y a la adquisición de acciones o participaciones de empresas de nueva o reciente creación.
Se actualizan los diseños de registro del modelo 193.
Se han aprobado los coeficientes de corrección monetaria aplicables en el IS en Bizkaia para los períodos impositivos que se inicien durante el año 2025.
Se introduce en el capítulo de otra información con trascendencia tributaria del Libro Registro de operaciones económicas de los contribuyentes del IS una nueva obligación de información para las entidades integradas en las distintas Administraciones Públicas.
Si la operación es una prestación de servicios (producción de conciertos de música), no genera derecho a aplicar una deducción en cuota.
Se aprueban los coeficientes de actualización o corrección monetaria para el año 2025.