El Supremo no da la razón a la Audiencia Nacional en relación con el fraude de ley y los gastos financieros

El Tribunal Supremo establece que no existe fraude de ley en la adquisición de participaciones de entidades del grupo financiadas por terceros al no haberse justificado que no había otros motivos distintos de los fiscales para la realización de la operación.

Cónyuge supérstite

Tras la muerte de uno de los cónyuges, si no existe sociedad conyugal, los bienes que reciba el cónyuge supérstite quedan sujetos a tributación conforme al régimen matrimonial que rige la pareja, con independencia de las posibles cláusulas firmadas entre ambos cónyuges que puedan alterar la titularidad de los bienes del matrimonio.