Permisos retribuidos recuperables consecuencia de las medidas adoptadas por el coronavirus (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Las personas trabajadoras contratadas por empresas que hayan solicitado, o estén aplicando un expediente de regulación temporal de empleo de suspensión, y aquellas a las que les sea autorizado un expediente de regulación temporal de empleo de suspensión, durante la vigencia del permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, previsto como medida para contener el avance del COVID-19, están exceptuadas del ámbito de aplicación del mismo (ver nº
4800
Memento Social 2020)

Fecha de efectos de las prestaciones por desempleo derivadas de los procedimientos basados en las causas derivadas del coronavirus (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Se concretan las fechas de efectos de la situación legal de desempleo derivada de ERTE como consecuencia de las medidas del estado de alarma.

Limitación de la duración de los expedientes temporales de regulación de empleo basados en las causas relacionadas con el coronavirus (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Se concreta la duración de los ERTES por fuersa mayor derivados del coronavirus.

Medidas extraordinarias para agilizar la tramitación y abono de prestaciones por desempleo consecuencia de las medidas del coronavirus (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

En desarrollo de las medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo adoptadas durante el estado de alarma en relación con el coronavirus (RDL 8/2020 art. 25), para agilizar la tramitación y abono de prestaciones por desempleo se establece un procedimiento especial.

Coronavirus: extinción del contrato y causas ETOP o de fuerza mayor asociadas al Covid 19 (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Aunque, obviamente, sigan existiendo las diversas causas de despido y extinción de los contratos previstas en el ET, el Gobierno aclara, a 28-3-2020, que la fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) en las que se amparan las medidas extraordinarias de suspensión de contratos y reducción de jornada asociadas al Covid-19 (definidas en el RDL 8/2020 art. 22 y 23), no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido.