Vulneración del derecho de huelga y nulidad parcial de un despido colectivo

Vulnera el derecho de huelga la conducta de una empresa que eleva de 91 a 358 el número de trabajadores afectados por el despido colectivo a raíz de la convocatoria de una huelga indefinida. No obstante, se declara la nulidad de la ampliación del despido colectivo, pero no la de la decisión de despido colectivo parcial anterior. Las impugnaciones de los actos de despido tienen abierta la vía procesal ante los juzgados de los social.