Al no resultar de aplicación el CDI por falta de información sobre la nacionalidad del obligado, es aplicable la normativa doméstica sobre los rendimientos derivados del arrendamiento de bienes inmuebles situados en España percibidos por personas no residentes sin EP.
La bonificación a favor de inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal, no se puede aplicar a los inmuebles de entidades públicas o privadas cuyo objeto social sea el arrendamiento social de viviendas, al no ser los inmuebles en los que dichas entidades desarrollan su actividad económica, sino los inmuebles objeto de la actividad económica.
Reorganización administrativa de la Xunta de Galicia para llevar a cabo la coordinación y eficacia en las actuaciones de rehabilitación edificatoria y regeneración urbana.
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