Contrato de arrendamiento operativo de un local con rentas escalonadas

En un contrato de arrendamiento operativo de un local de negocio con rentas escalonadas, el gasto por arrendamiento debe contabilizarse a medida que se reciban los beneficios económicos del activo arrendado, distribuyendo el importe total de la contraprestación, salvo mejor criterio, de forma lineal en el plazo contractual. La renta diferida que constituye el incentivo supone un pasivo que debe registrarse considerando el efecto financiero.

La valoración administrativa en el ITP y AJD es válida a efectos del IS

La valoración realizada por una Administración autonómica en el ITP y AJD puede trascender y vincular a efectos del IS cuando la normativa de ambos impuestos establecen la misma valoración, ya que se trata de dos impuestos estatales, y la Comunidad Autónoma actúa como delegada para la gestión, inspección y valoración del tributo cedido.

Novedades en los contratos de arrendamiento financiero

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2012, en los contratos de arrendamiento financiero vigentes cuyos períodos anuales de duración se inicien dentro de los años 2012, 2013, 2014 y 2015, no se exige el requisito de que las cuotas satisfechas imputables a la recuperación del coste del bien deban ser constantes o crecientes, lo que permite modificar el plazo de duración del contrato reduciendo en dichos períodos el importe de la cuota de arrendamiento a pagar, sin que ello impida seguir aplicando el régimen fiscal especial.

Acuerdos de arrendamiento financiero considerados ayudas de Estado incompatibles

Con efectos a partir del 4-8-2013, y como consecuencia de la consideración por la Unión Europea del «tax lease» (régimen fiscal aplicable a determinados acuerdos de arrendamiento financiero) como ayuda de Estado ilegal, se aplica un régimen transitorio a las autorizaciones administrativas concedidas a las AIE entre el 30-4-2007 y el 29-6-2011, en relación a la deducibilidad de las cuotas de arrendamiento financiero satisfechas por la adquisición de buques con anterioridad a la puesta en condiciones de funcionamiento del bien.

Novedades en las formas especiales de adquisición del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias

En la resolución del ICAC sobre criterios de registro y valoración correspondientes al inmovilizado material e inversiones inmobiliarias, en la regulación de las formas especiales de adquisición destaca el desarrollo de las permutas con pago o cobro parcial en efectivo.

Novedades en la valoración posterior del inmovilizado material e inversiones inmobiliarias

En la resolución del ICAC sobre criterios de registro y valoración correspondientes al inmovilizado material e inversiones inmobiliarias, en la valoración posterior la regulación es muy similar a la ya existente, si bien no se desarrolla el tratamiento de las pérdidas por deterioro.