La modificación de la base imponible prevista en LIVA art.80 no está supeditada a que la factura rectificativa se remita mediante un método que per sé acredite el envío y su contenido, pudiéndose utilizar otros medios de prueba. El plazo establecido para la modificación de la base imponible es respetuoso con el derecho europeo.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2024 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Se modifica el plazo de presentación y pago de las declaraciones del IRPF, IP e ISFG.
Se aprueban en Araba los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Araba para el período impositivo 2024.
La obtención y uso de imágenes públicas en redes sociales, cuando la persona trabajadora etiquetada no objeta su difusión, no vulnera el derecho fundamental a la propia imagen ni a la intimidad, pudiendo ser legítimamente utilizada por la empresa incluso para justificar un despido disciplinario.
La DGT cambia de criterio y asume el del TEAC al considerar que el diferimiento en la tributación de las rentas generadas en la operación puede regularizarse.
Se publica el RD 412/2025 que determina la naturaleza, estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social.
A pesar de que el TS ha limitado la exigencia de audiencia previa a los trabajadores a los despidos disciplinarios acordados con posterioridad al 18-11-2024, el juzgado de lo social de Badajoz ha declarado la improcedencia, por falta de audiencia, de un despido disciplinario acordado con anterioridad, teniendo en cuenta los criterios sobre la aplicabilidad retroactiva de las resoluciones judiciales que implican un cambio de criterio y la necesidad de hacer una interpretación restrictiva de la excepción a la obligatoriedad de dicha audiencia.
La empresa vulnera el principio de confidencialidad cuando permite el acceso a los datos personales de los denunciantes y denunciados tanto al comité de empresa como a todos los implicados.