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Con efectos a partir del 17-6-2025, y aplicable a las declaraciones correspondientes al ejercicio 2024, se introducen las siguientes modificaciones:a) Plazo de presentación: se amplía hasta el 4-7-2025 la fecha de finalización para la presentación:- de la declaración del IRPF, en las modalidades «rent@raba» y «rentared»;- de las declaraciones del IP y del ISGF. b) Pago. Se amplía hasta el 4 de julio la fecha del vencimiento del pago, si se opta por el ingreso mediante carta de pago del 60% (en caso del fraccionamiento) o de la totalidad (en caso de no optarse por el fraccionamiento) de la cuota del IRPF, en las modalidades de rentaraba y rentared, o de la cuota del IP y del ISGF.OF Araba 93/2025 art.4.2, 3 y 4 y 5.tres redacc OF Araba 341/2025, BOTHA 16-6-25
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