Con efectos desde el 7-11-2024, se modifican los requisitos para aplicar la exención en el IBI a determinados inmuebles como consecuencia de los efectos producido DANA entre el 28-10-2024 y el 4-11-2024.
Con motivo de los daños ocasionados por la DANA en esta comunidad autónoma, se aprueban nuevos incentivos fiscales destinadas a que la reposición de inmuebles y vehículos destruidos por las inundaciones, así como a los actos de declaración de obra nueva y división horizontal necesarios para la obtención de ayudas a para su regularización registral.
Con motivo de los daños ocasionados por la DANA en esta comunidad autónoma, se establece una exención en el canon de saneamiento para los consumos de agua realizados en las áreas afectadas.
Con motivo de los daños ocasionados por la DANA en esta comunidad autónoma, se aprueban nuevos incentivos fiscales que afectan principalmente a las personas que realicen reparaciones en su vivienda habitual y a los contribuyentes que realicen aportaciones a fondos propios de entidades que realicen actividades económicas y tengan su domicilio en este territorio.
Entre las medidas de apoyo a las personas afectadas por la DANA de octubre de 2024, se ha aprobado una bonificación aplicable a las adquisiciones mortis causa de parientes del causante pertenecientes al Grupo III, así como dos reducciones de la base imponible por adquisición lucrativa intervivos: una para paliar los daños materiales en bienes no afectos a actividades económicas, y otra para la adquisición de bienes afectos a la actividad de una empresa individual o de un negocio profesional. Además, se han prorrogado los plazos para la presentación y pago de ciertas autoliquidaciones.
Con efectos desde el 13-11-2024, se reduce en 2024 la cuota devengada por operaciones corrientes para los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en los municipios afectados. Además, se habilita un plazo extraordinario de renuncia al régimen.
Con efectos desde el 13-11-2024, se reduce en 2024 el rendimiento neto de módulos para los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en los municipios afectados.
Se amplían hasta el 30-1-2025 los plazos de presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones para obligados tributarios afectados por la DANA.
Para determinados obligados tributarios afectados por la DANA se extienden hasta el 5-2-2025 los vencimientos de los plazos de pago en período voluntario y ejecutivo, así como los vencimientos de los plazos de ingreso y de las fracciones de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento concedidos, que no hayan concluido a fecha 7-11-2024.
Se amplían hasta el 30-1-2025 los plazos para contestar requerimientos, efectuar alegaciones y presentar recursos.