Adaptación de los modelos de autoliquidación en Aragón (RF 51/21 21 de Diciembre de 2021 al 27 de Diciembre de 2021)
Con efectos desde el 1-1-2022 y, como consecuencia de la nueva forma de determinación de la base imponible del ITP y AJD, sustituyéndose principalmente el valor real por el valor (equiparándose al valor de mercado, en líneas generales), por la presente Orden se adapta a este criterio, entre otras, la Orden Galicia 9-12-2020, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del impuesto, y se regulan determinadas obligaciones formales y de suministro de información en el territorio de esta comunidad autónoma.