Entre las principales novedades introducidas, destaca que las reducciones aplicable por la transmisión de una empresa individual o societaria, ya sea a través de un negocio jurídico inter vivos o sucesorio, pasan a tener en todos los casos la naturaleza de reducciones propias de la Comunidad Autónoma. Además, se asegura la aplicación a los pactos de presente de los beneficios previstos para las transmisiones inter vivos.
La entrega al proveedor de los elementos necesarios para elaborar el producto supone que la ejecución de obra mobiliaria se califique como prestación de servicios y no como entrega de bienes.
Para que la opción de compra de una vivienda quede sujeta al impuesto, es necesario que se documente en escritura pública, y que esta resulte inscribible, lo que es poco probable cuando se trata de una vivienda en construcción.
Vulnera el derecho fundamental a la integridad moral del trabajador el envío reiterado de correos electrónicos por parte de la empresa a un trabajador en IT, además de no respetar el derecho a la desconexión digital, y aunque no requieran una respuesta inmediata.
Se actualiza el reglamento del IRPF para adaptarlo a lo regulado en la norma foral del impuesto.
Entre las novedades, destaca la adaptación de la normativa foral del impuesto a las modificaciones establecidas en territorio común sobre los tipos superreducidos y sobre el ingreso del impuesto en los carburantes.
Se aprueba el nuevo modelo 576 de autoliquidación del IMT, que sustituye al anterior modelo 565. Asimismo, se aprueban los diseños lógicos a los que deben ajustarse los archivos que se generen para la presentación telemática de las autoliquidaciones de este nuevo modelo.
Carga de la prueba en la derivación de responsabilidad subsidiaria del administrador.
Con efectos a partir del 1-1-2024, se elimina el tope de financiación máximo que perciben las mutuas colaboradoras de la SS que asumen la gestión de la prestación de la IT por contingencias comunes. Se extiende este mismo régimen de financiación a las prestaciones reconocidas a trabajadores por cuenta propia o autónomos.
Entre las novedades introducidas, además de la simplificación de los requisitos de acceso a ciertos beneficios fiscales, destacan el establecimiento de una bonificación para las adquisiciones lucrativas inter vivos cuya base imponible no supere los 1.000 euros, y la mejora de las bonificaciones aplicables a sujetos pasivos incluidos en el Grupo III de parentesco, al incrementar el porcentaje de la bonificación y los contribuyentes que pueden disfrutar de la misma.