Desde el 1-1-2023 los arrendadores de bienes inmuebles no establecidos han sido excluidos de la regla de inversión del sujeto pasivo, lo que supone que deban acudir al procedimiento general de devolución del impuesto. De forma excepcional, se permite a estos sujetos pasivos utilizar ese procedimiento para obtener la deducción o devolución de las cuotas soportadas con anterioridad a la modificación de la legislación.
Se fijan los plazos de ingreso en periodo voluntario de los recibos del IAE del ejercicio 2023, correspondientes a las cuotas provinciales y nacionales, y se establece el lugar de pago de las mismas.
Cuando los descendientes legitimarios reciben por los herederos más de lo que les corresponde por legítima, se producen dos adquisiciones diferentes a efectos del impuesto.
La AEAT ha emitido una nota para analizar cuestiones relacionadas con la aplicación por el grupo fiscal de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores y de deducciones pendientes de aplicación, tanto si han sido generadas por el grupo como si lo han sido por cualquiera de sus integrantes antes de su incorporación al mismo.
La acreditación de la residencia fiscal no es uniforme para todos los supuestos, ya que para algunos se exige la aportación de una documentación específica y para otros se exige la aportación de un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades fiscales del Estado de residencia en el sentido del convenio, y es obligación del interesado aportar la documentación requerida para probar su residencia en ese otro Estado.
Con efectos, por primera vez, para las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2023, a presentar a partir de 2024, se adapta el modelo 345 al actual contenido de la LIRPF en materia de límites de reducción en la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social.
Mediante resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública se han modificado los modelos de presentación y depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil, tanto consolidadas (
OM JUS/615/2022
) como individuales (
OM JUS/616/2022
).
Con efectos 26-5-2023 se introduce la posibilidad de corregir las autoliquidaciones, independientemente de su resultado, mediante una autoliquidación rectificativa.
Se permite a los empresarios y profesionales que tengan la sede económica en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla, acogerse al régimen especial de bienes importados sin tener que nombrar representante.
Para que los ayuntamientos puedan aplicar el recargo, se introduce una definición clara de inmuebles desocupados con carácter permanente. Además, se aprueba un incremento del recargo en función del tiempo de desocupación, y del número de viviendas desocupadas del mismo titular en el término municipal.