El presente decreto foral normativo establece por un lado, una batería de medidas para hacer frente a la crisis generada por el COVID-19 y, por otro lado, adecúa la normativa foral del impuesto a las modificaciones establecidas en la LIVA por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2021.
Se regulan las asimetrías híbridas, estableciéndose , en relación con las entidades vinculadas, una relación de gastos no deducibles más amplia que la contemplada hasta ahora.
Se introducen novedades en las reglas de valoración aplicables en los cambios de residencia y traslado de elementos patrimoniales a EP y en la inclusión en la base imponible de determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes y EP situados en el extranjero.
Se introducen modificaciones en el Reglamento de Inspección destacando las referidas a las actuaciones de intervención en materia de Impuestos Especiales de Fabricación.
Si corresponde a otra Administración tributaria la competencia para practicar la valoración por el valor normal de mercado de las operaciones realizadas por la otra parte vinculada y resulta aplicable la coordinación de competencias exaccionadoras e inspectoras prevista en la NFGT, debe seguirse el procedimiento previsto al efecto en esta norma.
Se introducen modificaciones en el Reglamento del impuesto que afectan a la deducibilidad de los gastos financieros netos, el acuerdo de valoración previa de operaciones vinculadas, la deducción por creación de empleo y las obligaciones de información de las AIE, las AEIE y las UTE. Se introduce una disposición transitoria referente a la reserva especial para el fomento del emprendimiento y el reforzamiento de la actividad productiva.
La presentación del modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones con paraísos fiscales correspondiente a períodos impositivos iniciados en el 2017 y que finalicen antes de 31-12-2017 debe efectuarse durante el mes de noviembre de 2018.
Se aprueba el modelo 232 de declaración informativa de operaciones vinculadas y de operaciones con paraísos fiscales y se traslada así esa información desde el modelo de declaración del impuesto a una nueva declaración informativa en la que se informa expresamente de esas operaciones.