Modificación de la regulación de las prestaciones familiares, debido a la integración de la asignación por hijo o menor a cargo en la renta mínima vital, en lo que se refiere a. Así, se suprime la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%, ya no se requiere carencia de rentas por encima de los límites que se fijaban anualmente y solo se ha de fijar una cuantía general y solo una específica para mayores de 18 años con grado de discapacidad igual o mayor de 75%.
La duración de estas medidas mantienen su vigencia durante los dos meses posteriores al cumplimiento de la vigencia prevista, que era de un mes desde el final del estado de alarma. Y se modifica el título del artículo que las regula (RDL 8/2020 art.6) que pasa a denominarse «Plan MECUIDA», en lugar de «Derecho de adaptación del horario y de reducción de jornada».
Los perceptores del subsidio por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, que vinieran percibiendo los trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, a 14-3- 2020, no se verá afectado por la suspensión del contrato y reducción de jornada que tengan su causa en las medidas adoptadas en relación con el coronavirus.
La posibilidad de adaptación o reducción de la jornada se flexibiliza para adecuarse a las nuevas necesidades surgidas a consecuencia del coronavirus, ampliando los trabajadores que se pueden acoger a dichas medidas, así como a su forma de disfrute.
La AEAT ha emitido una nota en la que se detallan las instrucciones para la cumplimentación del modelo 190 en relación con las prestaciones/retribuciones por maternidad/paternidad exentas.
La AEAT ha puesto a disposición del contribuyente un formulario específico para solicitar la rectificación de las declaraciones de IRPF afectadas por la reciente sentencia del TS que fija como doctrina legal que las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF.