Residencia de larga duración para los beneficiarios de protección internacional

Extensión de la residencia de larga duración a los beneficiarios de protección internacional, los cuales gozan, además, de un régimen de protección reforzada en el caso de expulsión.

Residencia de larga duración para los beneficiarios de protección internacional

Extensión de la residencia de larga duración a los beneficiarios de protección internacional, los cuales gozan, además, de un régimen de protección reforzada en el caso de expulsión.

Localización de los servicios de arrendamiento de embarcaciones de recreo a largo plazo

Los servicios de arrendamiento de embarcaciones de recreo a largo plazo se localizan fuera del territorio de aplicación del Impuesto cuando se efectúan a consumidores finales establecidos en dicho territorio, cuando el arrendador no tiene su sede de actividad económica ni un establecimiento permanente en el citado territorio.

Aportaciones a un plan de pensiones extranjero

La interpretación de la norma fiscal española efectuada por la Administración que impide la reducción de las aportaciones a un plan de pensiones de otro Estado miembro vulnera el principio comunitario de no discriminación, al no concurrir ninguna circunstancia que justifique la existencia de un trato desigual por razón de la residencia de los fondos de pensiones.

Regla de valoración en caso de cambio de domicilio y transferencia de bienes al extranjero

La regulación que establece que en los casos de traslado a otro Estado miembro de la residencia de una sociedad establecida en España, y de transferencia a otro Estado miembro de activos de un establecimiento permanente situados en España, las plusvalías no realizadas se integran en la base imponible, es contraria a la libertad de establecimiento establecida en la normativa comunitaria. No ocurre lo mismo con la regulación del cese de actividades en España de un establecimiento permanente.

Tributación en caso de cambio de domicilio y transferencia de bienes al extranjero

La regulación del IS que establece que en los casos de traslado a otro Estado miembro de la residencia de una sociedad establecida en España, y de transferencia a otro Estado miembro de activos de un establecimiento permanente situados en España, las plusvalías no realizadas se integran en la base imponible, es contraria a la libertad de establecimiento establecida en la normativa comunitaria. No ocurre lo mismo con la regulación del cese de actividades en España de un establecimiento permanente.