Bonificaciones por los gastos de formación de los trabajadores

Se mantienen en los mismos porcentajes y cuantías establecidos en 2013 las bonificaciones a las empresas por los gastos generados por acciones de formación para el empleo que lleven a cabo durante 2014. Por su parte, los permisos individuales de formación que concedan a los trabajadores disponen de un crédito adicional, que va a ser el resultado de aplicar unos criterios pendientes de determinarse por orden del MESS.

Colaboración obligatoria de las empresas en el pago de la IT

Definición de la colaboración obligatoria en el pago de la IT, así como la obligación de las empresas de comunicar a la entidad gestora los datos requeridos en el parte médico de baja, pudiendo la misma suspender o dejar sin efecto la colaboración obligatoria en caso de su incumplimiento.

Factor de Sostenibilidad e Índice de Revalorización del Sistema de pensiones de la Seguridad Social

El factor de sostenibilidad se aplicará una sola vez para determinar la cuantía inicial de las pensiones de jubilación que se causen a partir del 1-1-2019. Es un instrumento, que se aplica al monto resultante del cálculo de la pensión de jubilación con carácter automático, cuyo objetivo es vincular el importe de las pensiones de jubilación del sistema de la Seguridad Social a la evolución de la esperanza de vida de los pensionistas. Su monto se determina a través de una fórmula matemática que tiene en cuenta las tablas de mortalidad de la población pensionista de jubilación del sistema de la Seguridad Social elaboradas por la propia Seguridad Social, tomándose siempre como edad de referencia la de 67 años. La aplicación del factor permitirá ajustar las cuantías que percibirán aquellos que se jubilen en similares condiciones en momentos temporales diferentes. Su aplicación -a salvo de lo que establezcan las leyes de presupuestos- se aplica sin perjuicio del derecho que, en su caso, pueda tener el beneficiario al complemento por mínimos. El índice de revalorización que se aplica ya en 2014 a las pensiones de Seguridad Social contributiva (incluido el importe de la pensión mínima), supone con carácter general el incremento de las mismas al comienzo de cada año en función del índice de revalorización previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (durante 2014 el índice supone un incremento fijo del 0,25% -L 22/2013 art.37 y 41-). El monto del índice se fija en función de una determinada expresión matemática cuyas variables se han de publicar anualmente. Con independencia del resultado que arroje la fórmula, en ningún caso puede dar lugar a un incremento anual de las pensiones inferior al 0,25% ni superior a la variación porcentual del IPC en el periodo anual anterior a diciembre del año t, más 0,50 %.

Cotizaciones para 2014

La ley de Presupuestos Generales del Estado para 2014 mantiene, en sus mismos términos, los criterios establecidos en la ley correspondiente a al ejercicio 2013 tanto a efectos de la cotización por contingencias comunes que si corresponde cotizar por este régimen durante la prestación por desempleo