La opción por la renuncia o revocación a la aplicación en 2015 del régimen simplificado del IVA puede ser presentada entre el 30 de noviembre y el 31 de diciembre de 2014.
Con efectos 1-1-2015, se define algunos titulares de explotaciones agrícolas que a efectos de la aplicación de este régimen especial, no tendrán dicha condición. Se modifican las magnitudes excluyentes con efectos 1-1-2016.
Con efectos 1-1-2015, se modifica la redacción dada a la norma para obligar a repercutir la transmisión de inmuebles por sujetos pasivos que aplican este régimen.
Con efectos 1-10-14 se ha aprobado el modelo 034 de declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica en el IVA.
Preguntas frecuentes en relación con el Régimen especial de prestación de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión o electrónicos en el IVA (One-Stop Shop).
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