Renuncias o revocaciones al régimen especial simplificado del IVA para el año 2013
La opción por la renuncia o revocación a la aplicación en 2013 del régimen simplificado del IVA puede ser presentada entre el 1 y el 31 de diciembre de 2012.
La opción por la renuncia o revocación a la aplicación en 2013 del régimen simplificado del IVA puede ser presentada entre el 1 y el 31 de diciembre de 2012.
Se han aprobado nuevos índices y módulos del IVA para 2012 en Navarra, con el fin de actualizar su importe en paralelo a la subida de tipos impositivos general y reducido del IVA.
Se han aprobado nuevos índices y módulos del IVA para 2012 en Bizkaia, con el fin de actualizar su importe en paralelo a la subida de tipos impositivos general y reducido del IVA, desde el 1-9-2012.
El régimen especial no es aplicable desde el momento en que no exista sociedad dependiente por su absorción por la entidad dominante, con independencia de que todavía no hubiera transcurrido el plazo mínimo de 3 años de duración de la opción por tributar en régimen especial.
Desde el 1-9-2012, se aplicarán en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA nuevos porcentajes de compensación del 12% y del 10,5% en sustitución, respectivamente, de los ahora vigentes del 10% y del 8,5%.
Se introduce una modificación técnica en el ámbito objetivo de aplicación del régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para su adecuación a otras modificaciones operadas en la LIVA por el RDL 20/2012.
Los nuevos tipos del recargo de equivalencia se establecen en el 5,2%, 1,4%, 0,50% y 1,75%.
En las adquisiciones de bienes sujetos al Régimen Especial de Bienes Usados, el empresario destinatario de la operación no podrá deducir cuantía alguna por la operación.
En los supuestos de fusión por absorción en los que se adquiere la totalidad del patrimonio empresarial de la entidad absorbida, la eficacia de la fusión se producirá con la inscripción de la nueva sociedad o, en su caso, con la inscripción de la absorción en el Registro Mercantil competente.
En 2012, se reduce la cuota devengada por operaciones corrientes del régimen simplificado para las actividades empresariales o profesionales desarrolladas en el término municipal de Lorca.
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