El Tribunal Supremo establece que para calcular el porcentaje de perjuicio económico que debe tenerse en cuenta a efectos de graduación de las sanciones tributarias, debe utilizarse el concepto de cuota líquida del impuesto y no el de cuota diferencial.
La calificación de un accidente en misión como laboral depende de las circunstancias del caso concreto, si bien ha de concurrir algún dato que permita entenderlo, correspondiendo aportarlo a quien sostiene su laboralidad.
En el ejercicio en que se lleve a cabo, el cargo a reservas supone un menor importe de los fondos propios al cierre del ejercicio, a efectos de determinar el cumplimiento del requisito de mantenimiento del incremento de los fondos propios.
El Pleno del Tribunal Constitucional declara la constitucionalidad de la modificación mediante Real Decreto Ley (RDL 26/2021) de la LHL para adaptarla a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional relativa al IIVTNU.
No se exigirá a los contribuyentes por IRNR la presentación de la declaración correspondiente a las rentas respecto de las que se hubiese practicado la retención o efectuado el ingreso a cuenta correspondientes, salvo en el caso de ganancias patrimoniales derivadas del reembolso de participaciones en fondos de inversión de instituciones de inversión colectiva, cuando la retención practicada haya resultado inferior a la cuota tributaria calculada conforme a la LIRNR.
Se aprueban los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones aplicables en el ITP y AJD, ISD e IMT.
Habría que eliminar la doble imposición conforme al CDI de aplicación, no debiendo la empresa suiza practicar retenciones en aplicación de la normativa suiza, ya que en dicho caso no procedería aplicar la deducción por doble imposición internacional en España por un gravamen satisfecho en Suiza por tales rendimientos, puesto que no sería conforme a las disposiciones del Convenio; todo ello sin perjuicio de que la empleada pueda solicitar la devolución de dicho gravamen en Suiza.
El Tribunal Supremo matiza la legislación sobre la materia y establece que, a efectos de la publicidad de situaciones de incumplimiento relevante de las obligaciones tributarias, solo pueden ser incluidas en el listado de deudores aquellas personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de deudores a la Hacienda Pública por deudas o sanciones tributarias firmes. Si se formulan alegaciones, pueden incluir cuestiones de índole jurídica.
Distinción entre el conflicto colectivo jurídico o interpretativo, al que se refiere la modalidad procesal de conflicto colectivo, y el conflicto económico, regulatorio o de intereses, que ha de resolverse a través de la voluntad negociadora de las partes.