Actividades prioritarias de mecenazgo para el año 2015

Durante este año, se consideran actividades prioritarias de mecenazgo las que se señalan a continuación.

Deducción por aportaciones del amigo colaborador y amigo benefactor

Las aportaciones efectuadas por las figuras del amigo colaborador y del amigo benefactor solo dan derecho a practicar la deducción siempre que se trate de aportaciones irrevocables, puras y simples, sin contraprestación, realizadas con ánimo de liberalidad.

Incentivos fiscales coyunturales

Se han aprobado los nuevos eventos que tienen la consideración de acontecimientos de excepcional interés público a efectos de la aplicación de los beneficios fiscales establecidos en la Ley de Régimen Fiscal Especial de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

Actividades prioritarias de mecenazgo

Se aprueban las actividades prioritarias de mecenazgo para 2014.

Incentivos fiscales coyunturales

Se han aprobado los nuevos eventos que tienen la consideración de acontecimientos de excepcional interés público a efectos de la aplicación de los beneficios fiscales establecidos en la Ley de Régimen Fiscal Especial de las Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

Explotaciones económicas realizadas por entidades sin ánimo de lucro.

La actividad comercial de un economato no es una explotación económica exenta a efectos del régimen especial de las entidades sin fines lucrativos.

Donaciones previas a la declaración de utilidad pública

Las donaciones previas a la declaración de utilidad pública de una asociación, no gozan de los beneficios propios del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos por no poder calificarse dicha asociación como una entidad de este tipo.