Novedades en la regulación de la cotización por la prestación por incapacidad temporal de los trabajadores autónomos

Adecuación de la regulación de la cotización por IT a la nueva regulación sobre el nacimiento y extinción de la obligación de cotizar a este régimen especial.

Modificación del régimen de bonificaciones por nuevas altas de trabajadores autónomos (tarifa plana)

A partir del 1-1-2018, para poder disfrutar de la tarifa plana se reduce de 5 a 2 años el período de tiempo exigido al autónomo en que no haya estado en situación de alta y se amplía de 6 a 12 meses la duración del incentivo.

Modificación de la base reguladora de las prestaciones económicas por maternidad y paternidad de los trabajadores autónomos

Se modifica la base reguladora de las prestaciones por maternidad y paternidad en el sentido de que, a partir del 1-3-2018, va a ser el resultado de dividir la suma de las bases de cotización durante los 6 meses inmediatamente anteriores al del hecho causante entre 180.

Flexibilización del régimen de afiliación, altas y bajas en el RETA

A partir del 1-1-2018, los trabajadores autónomos van a poder darse de alta y de baja en la Seguridad Social hasta en tres ocasiones dentro del año natural, con efectos en orden a la cotización y a la acción protectora desde el mismo día, lo que implica que van a cotizar por los días de prestación efectiva de actividad y no por el mes entero como ocurría hasta ahora.

Bases mínima y máxima de cotización en el RETA y cambio posterior de base

A partir de 1-1-2018, la elección de una base de cotización superior a la mínima debe hacerse dentro de los límites entre la mínima y la máxima establecidos anualmente con carácter general o con carácter particular para determinados trabajadores autónomos, por razón de su edad, condición, actividad, situación o número de trabajadores que hayan contratado a su servicio en el ejercicio anterior, permitiéndose cambiar de base hasta 4 veces al año.

Base de cotización del autónomo con trabajadores contratados y del autónomo societario

Desde el 26-10-17, la base mínima de cotización de los trabajadores autónomos con asalariados y de los autónomos societarios de sociedades de capital y de sociedades laborales incluidos en el RETA va a ser la que se determine en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.