Se modifica el modelo 193 resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos del capital mobiliario del IRPF y sobre determinadas rentas del IS e IRNR, correspondiente a establecimientos permanentes.
En supuestos de sucesión contractual fraudulenta, el TS ha concluido que una interrupción de 3 meses y 18 días no rompe la unidad esencial del vínculo laboral a efectos de determinar la antigüedad del trabajador para calcular la indemnización por despido improcedente.
Se desarrolla la nueva cartera común de servicios del Servicio Nacional de Empleo que deroga a la anterior. Incluye tanto los servicios garantizados previstos en la Ley de Empleo, como los que puedan prestar los servicios públicos de empleo.
Se regulan las obligaciones que implica la suscripción de un acuerdo de actividad y se establecen algunas especialidades relacionadas con las personas con discapacidad y las personas extranjeras cuyas autorizaciones estén en tramitación.
Se dan directrices para la determinación del contenido y elaboración de los instrumentos de planificación estratégica de los recursos humanos de la Administración del Estado, a saber: los planes de ámbito general, los planes específicos y los planes de reestructuración de sectores concretos.
Las pérdidas patrimoniales que se producen por una transmisión lucrativa inter vivos por diferencia entre el valor de adquisición y el de transmisión, no se computan en la base imponible del transmitente, aunque en unidad de acto se computen ganancias patrimoniales también declaradas, derivadas de ese mismo tipo de transmisiones.
Con efectos 9-5-2024 los informes motivados referentes a la aplicación de la deducción de I+D e IT son competencia de la Secretaría General de Innovación.
Mediante resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública se han modificado los modelos de presentación y depósito de cuentas anuales, tanto consolidadas como individuales, que se presenten en el Registro Mercantil a partir del 9-5-2024.
El TEAC asume el criterio del Tribunal Supremo, y establece que en el caso de ejercicio del ius transmissionis por los herederos del transmitente, se produce una sola transmisión. En ausencia de aceptación por el heredero, y fallecido éste, la adquisición hereditaria se produce en su heredero directamente del primer causante.
Con efectos a partir del 14-5-2024, se modifican alguno de los Anexos de la Orden que regula el procedimiento para la presentación telemática de autoliquidaciones tributarias y la remisión de copias electrónicas de documentos notariales, así como determinadas obligaciones de suministro de información tributaria. En concreto, para los modelos 651 y 655, se amplían los documentos anejos que pueden ser objeto de presentación telemática junto con la correspondiente autoliquidación, de forma que se pueden presentar documentos judiciales con código seguro de verificación (CSV), copias electrónicas de documentos notariales, aportadas por los propios interesados, así documentos privados y administrativos.