La aportación realizada por uno de los cónyuges a la sociedad de gananciales de un bien privativo que, a efectos del IRPF, se considera tras dicha aportación de titularidad de ambos cónyuges por mitad, supone para el aportante una alteración en la composición de su patrimonio capaz de generar una ganancia o pérdida patrimonial que se determinará por la diferencia entre los valores de adquisición y transmisión de la mitad del bien aportado, determinados según lo previsto en la LIRPF art.35 y 36 para las transmisiones onerosas o lucrativas, respectivamente.
Se aprueba la relación de valores negociados en los centros de negociación, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2023, a efectos de la declaración del IP del año 2023, así como de la declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas.
Si según la normativa extranjera, cuando existe un único socio se produce la transmisión automática de pleno derecho del patrimonio de la entidad a dicho socio sin liquidación, no es de aplicación la excepción a la no deducibilidad de las pérdidas en caso de transmisión de participaciones cualificadas.
Para la cuantificación de la renta vitalicia reconocida como legado a satisfacer por los herederos, ante la ausencia de norma específica de valoración, la Dirección General de Tributos acepta la aplicación de las reglas previstas a efectos del ITP y AJD para los casos de pensiones.
Al tener la consideración de consumidor final, la cuota soportada por el pago de una parte del servicio de cantina ofrecido a sus trabajadores no es deducible por la empresa.
Con efectos a partir del 29-2-2024, se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda de acuerdo con la nueva estructura organizativa establecida por el RD 1009/2023, manteniendo en esencia la organización y funciones de la Secretaría de Estado de Hacienda, la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos y la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda.
Sólo es posible utilizar, en procedimientos posteriores, la información obtenida en un procedimiento de control de presentación de declaraciones, que caducó por el transcurso del plazo de 3 meses establecido, cuando previamente se haya declarado por la Administración la caducidad del referido procedimiento y el archivo de las actuaciones.
Se hacen públicas las directrices del Plan Anual de Control Tributario del año 2024, que giran en torno a cinco grandes pilares: información y asistencia; prevención de los incumplimientos, fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude; investigación y actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero; control del fraude en fase recaudatoria; y colaboración entre la AEAT y las Administraciones tributarias de las CCAA.
El autónomo que tributa por el método de estimación objetiva en el IRPF y ha recibido ayudas y subvenciones, no está obligado, con carácter general a la presentación de la declaración de operaciones con terceras personas, salvo por las operaciones por las que emita factura.
Si la entidad mayoritariamente participada por el contribuyente obtiene rentas en el extranjero, a través de un EP, y esas rentas no están sujetas o están exentas por un gravamen de naturaleza idéntica o análoga al IS en el país o territorio en el que resida la entidad mayoritariamente participada, a efectos de computar el importe del Impuesto de naturaleza idéntica o análoga al IS satisfecho por la entidad no residente, en su jurisdicción de residencia, no debe tomarse en consideración ese EP.