Régimen especial para personas trabajadoras desplazadas en el IRPF (RF 11/23 14 de Marzo de 2023 al 20 de Marzo de 2023)
Se desarrolla el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas.
Se desarrolla el régimen especial para personas trabajadoras desplazadas.
Se aprueba el tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre natural del año 2023 a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.
A efectos de la aplicación del régimen fiscal especial, no se incluye dentro del activo susceptible de generar rentas de arrendamiento de viviendas, los inmuebles arrendados como oficinas, que disponen de cédula de habitabilidad como vivienda, ni las viviendas promovidas directamente por el contribuyente, cuya construcción no se ha finalizado, aunque se prevea destinarlas al arrendamiento de viviendas una vez se finalice la obra.
Para poder deducir en la base imponible el impuesto satisfecho en el extranjero que no se deduce en la cuota íntegra, no basta con que las entidades participadas realicen actividades económicas en el extranjero, debe realizarlas la entidad perceptora de las rentas.
Con efectos a partir de 1-1-2023, se adoptan diferentes medidas fiscales dirigidas a la protección a la maternidad y paternidad y al fomento de la natalidad y la conciliación, que implican la modificación de diversas deducciones autonómicas y la creación de otras nuevas en este sentido.
Se modifica las instrucciones para la cumplimentación del DUA.
En la tributación de las novaciones del préstamo hipotecario tras la extinción del condominio la liberación de codeudores requiere la comparecencia en la firma del acreedor.
Resulta procedente la incoación de un procedimiento sancionador por el incumplimiento de las obligaciones formales exigibles, cuando tales obligaciones se refieran a conceptos y ejercicios tributarios objeto de un único procedimiento de inspección tributaria que finaliza mediante acta de conformidad relativa al cumplimiento de las obligaciones materiales, sin regularización del inspeccionado.
Cada una de las empresas de transporte debe determinar la base imponible del IVA de los servicios prestados conforme a la contraprestación acordada con la otra parte, sin que proceda aplicar neteo o compensación alguna entre las cantidades que tenga que percibir y las que tenga que abonar a otras empresas de transporte derivada de los servicios que se prestan entre ellas.
Se aprueba el modelo de autoliquidación del IP correspondiente al período impositivo 2022, así como las formas, plazos y lugares de presentación e ingreso.
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