Se suprime la exención reconocida en el IS a las Autoridades Portuarias y se sustituye por una deducción específica de la cuota íntegra equivalente al importe invertido en servicios e infraestructuras portuarias que no tengan la consideración de actividades económicas.
Se eliminan los requisitos relativos a la liquidación del ITP y ADJ para aplicar las deducciones autonómicas sobre arrendamiento sobre el IRPF en la C.Valenciana.
Se modifica la Ley de vivienda de de Navarra a fin de adecuar los benedicios ffiscales para el arrendatario de vivienda a los establecidos en la Ley del IRPF.
El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno contra la regulación en Cataluña del Impuesto sobre emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica.
Para poner fin a la situación de enorme desasosiego y perplejidad entre la ciudadanía, ocasionada por los acelerados cambios jurisprudenciales y normativos que han tenido lugar en el ámbito estatal, se acomoda en parte la norma navarra al contenido de la norma estatal, y se establece que cuando se trate de escrituras de constitución de préstamo con garantía, el sujeto pasivo es el prestamista.
El TS da un giro al criterio que mantenía en relación con quién debe ser considerado sujeto pasivo en la modalidad AJD en el caso de escrituras de préstamos con garantía hipotecaria, declarándose incluso la nulidad del precepto reglamentario que regulaba esta materia.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anulado la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea por la que anulaba la Decisión 2014/200/UE, que declaraba que varias medidas que integraban sistema español de arrendamiento fiscal aplicado a determinados acuerdos de arrendamiento financiero para la adquisición de buques constituían una ayuda de Estado a las AIE y a sus inversores.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha anulado la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea por la que anulaba la Decisión 2014/200/UE, que declaraba que varias medidas que integraban sistema español de arrendamiento fiscal aplicado a determinados acuerdos de arrendamiento financiero para la adquisición de buques constituían una ayuda de Estado a las AIE y a sus inversores.
Desde 1-1-2018, se aplica una nueva deducción a las unidades familiares formadas por residentes fiscales en Estados miembros de la UE o del Espacio Económico Europeo.
Desde el 1-1-2018, esta Comunidad Autónoma ha aprobado nuevas deducciones de la cuota íntegra autonómica y modificado algunas de las existentes hasta la fecha.