Pérdidas definitivas de un establecimiento permanente no residente

El Derecho de la Unión se opone a que la normativa de un Estado miembro no permita a una sociedad residente la deducción en su base imponible de las pérdidas definitivas de un EP no residente, siempre que dicha sociedad haya agotado las posibilidades de deducción en el Estado de residencia del EP y que haya dejado de percibir ingresos del mismo.

Inscripción de sentencia y principio del tracto sucesivo

No es inscribible la sentencia dictada en el seno de un procedimiento relativo a la nulidad de un negocio de transmisión de acciones, si no consta la intervención en el procedimiento judicial del actual titular registral de la finca.

Doctrina del levantamiento del velo a efectos registrales

Para la aplicación de la doctrina del levantamiento del velo a los efectos de remover el obstáculo registral de la falta de cumplimiento del requisito del tracto sucesivo, es necesario que medie una decisión judicial en el procedimiento, no pudiéndose suplir tal intervención judicial en sede registral o en la resolución de un recurso gubernativo.

Riesgo durante la lactancia en trabajo realizado en parte en horario nocturno

Las trabajadoras embarazadas, que han dado a luz o estén en período de lactancia natural y presten sus servicios con trabajo a turnos desempeñado parcialmente en horario de noche realizan un trabajo nocturno y, por tanto, tienen derecho a la protección específica contra los riesgos que este trabajo puede presentar: traslado a un trabajo diurno o, subsidiariamente, una dispensa del trabajo.

Compatibilidad con el Derecho europeo de la cesión de créditos hipotecarios:

Se plantea la compatibilidad con el Derecho de la Unión de la práctica empresarial de cesión o compra de créditos por un precio exiguo, sin que el deudor sea informado previamente de la cesión ni dé su consentimiento a la misma y sin ofrecerle la oportunidad de recomprar su deuda para extinguirla.

Compatibilidad con el Derecho europeo de la cesión de créditos hipotecarios:

Se plantea la compatibilidad con el Derecho de la Unión de la práctica empresarial de cesión o compra de créditos por un precio exiguo, sin que el deudor sea informado previamente de la cesión ni dé su consentimiento a la misma y sin ofrecerle la oportunidad de recomprar su deuda para extinguirla.