Condición de representante aduanero

En el caso de una persona jurídica, se considera acreditada la aptitud o el conocimiento para ser representante aduanero cuando su representante legal o su representante voluntario ante la Aduana tengan tal condición.

Requerimientos de obtención de información

Los requerimientos individualizados de obtención de información formulados por las unidades de módulos no suponen el inicio de un procedimiento de comprobación o investigación. Tampoco interrumpen el plazo de prescripción de la Administración para determinar las deudas tributarias mediante la oportuna liquidación.

Declaración de bienes y derechos en el extranjero

A pocos días de que finalice el plazo para declarar los bienes y derechos situados en el extranjero correspondiente al ejercicio 2013, la Agencia Tributaria sigue dando respuesta a más cuestiones.

Declaración de bienes y derechos en el extranjero correspondiente a 2013

En la declaración correspondiente a 2013, cuyo plazo termina el 31 de marzo, hay que declarar no sólo los bienes y derechos de los que se era titular a 31-12-2013, sino también aquellos sobre los que haya cesado la titularidad a dicha fecha. No tienen obligación de presentar la declaración los que lo hicieron en 2012 y no han incrementado en más de 20.000 euros el límite conjunto establecido para cada bloque de información.

Requerimientos de obtención de información sobre conexiones telefónicas

La Agencia Tributaria no puede interesar de un operador de telecomunicaciones los datos externos de la conexión telefónica, entendidos estos como aquellos que revelan el momento, duración y destino de las llamadas realizadas o recibidas desde el correspondiente número de teléfono.

Obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero

La inclusión en la declaración de bienes que el obligado tributario no está obligado a declarar puede constituir infracción tributaria, ya que, aunque el bien no hubiera debido declararse, su mera incorporación a la declaración podría determinar la existencia de una información cuando menos inexacta.

Discrepancia entre domicilio social y domicilio efectivo

La preferencia por el domicilio efectivo no se condiciona a su notificación fehaciente a la Administración. La norma resuelve la eventual discrepancia entre domicilio social y domicilio efectivo otorgando preferencia absoluta a éste, siempre que, obviamente, se constate la realidad de la centralización de la gestión administrativa y la dirección de los negocios.