Notificación electrónica
La TGSS ha de notificar electrónicamente las resoluciones sobre la elevación a definitivas de las actas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social, así como de las actas de liquidación conjuntas con las actas de infracción levantadas por la ITSS; las resoluciones sobre imposición de sanciones por infracciones en materia de Seguridad Social competencia de la TGSS; y las resoluciones de las impugnaciones administrativas formuladas frente a los actos dictados por la TGSS en las materias de su competencia, salvo en materia de RRHH.