Notificación electrónica

La TGSS ha de notificar electrónicamente las resoluciones sobre la elevación a definitivas de las actas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social, así como de las actas de liquidación conjuntas con las actas de infracción levantadas por la ITSS; las resoluciones sobre imposición de sanciones por infracciones en materia de Seguridad Social competencia de la TGSS; y las resoluciones de las impugnaciones administrativas formuladas frente a los actos dictados por la TGSS en las materias de su competencia, salvo en materia de RRHH.

Novedades en las consecuencias de la actividad inspectora previa al procedimiento sancionador

Se incluye a los Subinspectores Laborales en algunas de las medidas a adoptar por la ITSS, antes exclusivas de los Inspectores, y se establece cuáles son las actas extendidas por los Subinspectores que han de ser visadas por los Inspectores.

Novedades en las formas de iniciación de la actividad inspectora

Algunas novedades en la posibilidad de iniciación cuando es a iniciativa de la autoridad competente tanto de la Administración General del Estado como Autonómica, del propio Inspector o cuando se trate de una denuncia.