Nuevos importes de la deducción por donaciones en IRPF (RF 51/23 19 de Diciembre de 2023 al 25 de Diciembre de 2023)
Con efectos 1-1-2024 se incrementa tanto la escala como los porcentajes para la determinación de la deducción por donativos.
Con efectos 1-1-2024 se incrementa tanto la escala como los porcentajes para la determinación de la deducción por donativos.
Mientras esté vigente el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ISGF), se modifica la bonificación general actual aplicable al IP en Madrid, estableciendo en su lugar una bonificación variable para que los contribuyentes madrileños afectados por el ISGF lo satisfagan en el IP.
Se aprueba para el año 2024 la Orden que desarrolla el Régimen especial simplificado en IVA, que mantiene los módulos e instrucciones para su aplicación, así como la reducción aplicable a las actividades económicas desarrolladas en el municipio de Lorca.
Se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor real de los vehículos comerciales e industriales usados, a efectos de la liquidación del ITP y AJD e ISD.
Se amplía el objeto y modifican los requisitos exigibles a efectos de la aplicación del tipo cero en este tipo de transmisiones realizadas como consecuencia de la erupción volcánica de la isla de La Palma.
Para los períodos impositivos iniciados a partir de 1-1-2023, se deflacta al tipo del 3,1% la escala autonómica, los mínimos personal y familiar y las deducciones autonómicas y los límites de renta aplicables a las mismas.
La OM HFP/1359/2023 desarrolla para el año 2024 el método de estimación objetiva del IRPF.
Se aprueba el modelo 390 de declaración resumen anual, régimen general, un nuevo modelo 392, de declaración resumen anual, régimen general y simplificado y el modelo 393, de declaración anual (modelo individual) grupo de entidades del IVA. Además, se aprueba la configuración y descripción de los registros y de los diseños lógicos de los ficheros correspondientes a los citados modelos.
La reclamación del recargo de prestaciones interrumpe el plazo de prescripción de la acción de reclamación de daños y perjuicios derivada de un accidente laboral cuando es el trabajador quien solicita el recargo, no cuando se promueve de oficio.
Se modifican el Reglamento de desarrollo de la NFGT en materia de revisión en vía administrativa, el de Recaudación, el de IRPF, el de IS, el de ITP y AJD y otros Reglamentos tributarios.
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