Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1-1-2018, se establece un nuevo marco normativo fiscal para las sociedades cooperativas, en sustitución del vigente.
Se establece el tratamiento tributario en el ITP y AJD de las adquisiciones de oro y de otros bienes muebles, como los materiales de recuperación, realizadas por parte de empresarios revendedores a particulares.
Se sustituyen las tablas correspondientes a los precios medios de venta de turismos, vehículos todo terreno, ciclomotores y motocicletas usados durante el primer año posterior a su matriculación.
Se aprueba en Bizkaia el modelo 603 de autoliquidación por adquisiciones de bienes muebles a particulares por empresarios o profesionales para su posterior reventa y se determina el procedimiento para su presentación telemática.