La trabajadora en situación de embarazo no tiene derecho de prioridad de permanencia, sin embargo, la empresa debe recoger en la carta de despido los criterios objetivos de selección por los que la trabajador es incluida como afectada por el despido colectivo.
Al contrario de lo que establecía en el asunto de Diego Porras, el TJUE considera conformes al derecho de la UE las indemnizaciones establecidas para la extinción de los contratos de duración determinada.
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