Deducciones anteriores al comienzo de la realización habitual de operaciones

Nueva redacción al RIVA art.27.2.c) para su adecuación a las nuevas referencias legislativas.

Adaptación de las referencias del RIVA art.50.1

Se ha procedido a la adaptación de las referencias del RIVA art.50.1.

Deducciones anteriores al comienzo de la realización habitual de operaciones

Nueva redacción al RIVA art.27.2.c) para su adecuación a las nuevas referencias legislativas.