Cuando la determinación de las secuelas del accidente de trabajo se fijan en una resolución administrativa que no es impugnada, el plazo de reclamación de indemnización de daños y perjuicios a la empresa comienza una vez transcurrido el plazo para la presentación de la reclamación previa frente a dicha resolución.
La mera existencia de un proceso judicial no puede justificar el retraso en el pago de la indemnización por parte de la compañía aseguradora y, por lo tanto, respecto de la cuantía fijada deben calcularse los correspondientes intereses desde el momento del accidente.
El plazo de prescripción para reclamar el recargo de prestaciones por ausencia de medidas de seguridad en la contingencia de enfermedad profesional es de 5 años y los efectos económicos del mismo se producen con una retroacción de 3 meses desde la correspondiente solicitud.
Para poder apreciar la prescripción en caso de reclamación de indemnización de daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo es necesario que la parte que la alega pruebe la fecha del dies a quo de dicho plazo, que es la de la notificación de la resolución firme del INSS declarándolo en situación de incapacidad permanente resultado del accidente.
No procede la revisión de sentencia por la absolución de un delito por falta de prueba de su comisión, y, al no excluirse la realidad de la producción de un accidente por la infracción de unas normas de seguridad, es posible apreciar la concurrencia de la responsabilidad civil y prestacional.
La viuda e hijos del causante tiene derecho a la indemnización por daños y perjuicios derivada de la declaración de incapacidad permanente absoluta por enfermedad profesional, tras el fallecimiento del causante que había reclamado dicha indemnización hasta suplicación, según la cuantía del baremo vigente en el momento del fallecimiento.
El plazo de prescripción para que los herederos pueda reclamar una Indemnización de daños y perjuicios por el fallecimiento del trabajador derivado de una enfermedad profesional comienza a computarse desde que la acción pueda ejercitarse, lo que implica que exista firmeza del origen profesional de la contingencia y hayan quedado determinadas la totalidad de las prestaciones.
Las indemnizaciones por lesiones temporales (denominadas incapacidades temporales en el antiguo baremo) son las que sufre el lesionado desde el momento del accidente hasta el final de su proceso curativo o hasta la estabilización de la lesión y su conversión […]
A efectos de las posibles indemnizaciones por causa de secuelas (denominadas en el baremo anterior lesiones permanentes) derivadas de accidentes de circulación y aplicadas de forma orientativa para las derivadas de AT o EP o del daño causado por el […]
La modificación supone la introducción de un nuevos sistema de valoración del daño corporal y del daño patrimonial con la finalidad de la reparación íntegra del tanto del daño corporal como del moral o extrapatrimonial; y su reparación vertebrada que […]