Con entrada en vigor general el 1-1-2015, se realiza una profunda reforma del texto refundido de la Ley de propiedad intelectual (RDLeg 1/2006) que incide sobre diversos aspectos de su régimen jurídico, señaladamente, el derecho de cita, la compensación por copia privada, las entidades de gestión, para las que se establece un régimen sancionador, y los medios de represión de las infracciones de derechos en la sociedad de la información.
Con entrada en vigor general el 1-1-2015, se realiza una profunda reforma del texto refundido de la Ley de propiedad intelectual (RDLeg 1/2006) que incide sobre diversos aspectos de su régimen jurídico, señaladamente, el derecho de cita, la compensación por copia privada, las entidades de gestión, para las que se establece un régimen sancionador, y los medios de represión de las infracciones de derechos en la sociedad de la información.
La posibilidad de acceder a la pensión de orfandad en una edad superior a los 21 años, establecidos con carácter general, cuando no se realiza un trabajo retribuido y se están cursando estudios, se aplicó paulatinamente de forma que accedían quienes cumplían 22 años durante 2012, 23 años durante 2013 y 24 años durante 2014.
Los estatutos sociales han de concretar necesariamente el contenido de la prestación accesoria.
Con entrada en vigor general el 1-1-2015, se realiza una profunda reforma del texto refundido de la Ley de propiedad intelectual (RDLeg 1/2006) que incide sobre diversos aspectos de su régimen jurídico, señaladamente, el derecho de cita, la compensación por copia privada, las entidades de gestión, para las que se establece un régimen sancionador, y los medios de represión de las infracciones de derechos en la sociedad de la información.
Admisibilidad de la cláusula estatutaria que prevé que la autorización para transmitir participaciones con prestación accesoria corresponda a la junta o al órgano de administración.
El ejercicio del derecho de oposición por los acreedores a la escisión no impide la eficacia de la operación.
Se aprueba la L 22/2014 por la que se regulan las entidades de capital-riesgo.
La Ley de accesibilidad de Cataluña establece medidas de accesibilidad en la edificación para los edificios de nueva construcción y para los existentes, así como la reserva de viviendas protegidas para personas con discapacidad.
Regulación jurídica de la accesibilidad en espacios de uso público, edificios, medios de transporte, productos, servicios y procesos de comunicación elminando barreras urbanísticas. Regulación de los planes de accesibilidad.