ITPy AJD. Eliminación del avalista en un préstamo hipotecario
La cancelación de la fianza como consecuencia de la subrogación en el préstamo hipotecario no constituye hecho imponible a efectos del ITP y AJD.
La cancelación de la fianza como consecuencia de la subrogación en el préstamo hipotecario no constituye hecho imponible a efectos del ITP y AJD.
La determinación de la base imponible del ITP y AJD viene condicionada por la naturaleza de las obligaciones impuestas al concesionario en las cláusulas del contrato.
Uso urbanístico y naturaleza jurídica de las residencias de estudiantes o colegios mayores. Se hace pública la Instrucción 2/2014.
La causa determinante para establecer la pertenecía de un elemento al inmovilizado es la función que desempeña en relación con la actividad objeto de explotación, con preferencia sobre la naturaleza del bien concreto u otras consideraciones como el plazo.
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