Para que proceda la resolución en interés del concurso de un contrato de arrendamiento de vivienda sometido a prórroga forzosa, donde la concursada es la arrendadora, debe quedar acreditado que lo que estimativamente podría percibirse por la vivienda si se arrendara de nuevo a precio de mercado, menos la debida indemnización a cargo de la masa que correspondería al arrendatario, supone un beneficio patrimonial para la concursada.
Cuando se descubren entregas de bienes no declaradas, hay que tener en cuenta que el precio obtenido incluye el IVA, por lo que, al determinar la base imponible de las ventas ocultas, del precio convenido por las partes hay que deducir el IVA que se debió liquidar.
Aunque el proceso especial de conflicto colectivo no es el adecuado para resolver sobre cesión ilegal de trabajadores, esto no impide un pronunciamiento de tal clase, cuando la situación se produzca exactamente por igual a todos los trabajadores de la empresa afectados, sin la menor distinción de sus circunstancias individuales y en términos de una relación absolutamente idéntica con la tercera empresa respecto a la que se denuncia la cesión ilegal.