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Constitución telemática de comunidades de bienes

Mediante el presente real decreto se permitirá que las comunidades de bienes utilicen el procedimiento electrónico del sistema CIRCE para llevar a cabo los trámites necesarios para su constitución mediante la utilización del Documento Único Electrónico (DUE). Quedan excluidos los sectores inmobiliario, financiero y de seguros.
La cumplimentación y envío del DUE se podrá realizar por los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) o a través de la Ventanilla Única y, por vía electrónica, está disponible en la siguiente dirección de Internet: https://subsede.pyme.minetur.gob.es.
El DUE permite la realización electrónica de los siguientes trámites (RD 682/2003 art.5.1.b) a n):
• Obtención del NIF provisional de la comunidad de bienes, previa remisión a la Administración tributaria del correspondiente contrato privado de constitución o copia simple electrónica de la escritura de constitución (cuando los comuneros aporten bienes inmuebles o derechos reales).
• Autoliquidación del ITP y AJD (operaciones societarias).
• Obtención del NIF definitivo de la comunidad de bienes, para lo que habrá que enviar a la Administración tributaria los datos del contrato privado de constitución o, en su caso, escritura pública, NIF de la persona que firme la declaración censal, y que ha de ser uno de los comuneros, o su representante, y liquidación por el ITP y AJD, en los casos que proceda.
• Declaración censal de inicio de actividad tanto para la AEAT como para la Comunidad Autónoma de Canarias.
• Formalización de la cobertura de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y de la prestación económica por incapacidad temporal por contingencias comunes de los trabajadores de la sociedad.
• Inscripción del empresario y apertura del código cuenta de cotización (CCC) en la Seguridad Social.
• Inscripción de embarcaciones y artefactos flotantes.
• Afiliación y alta de trabajadores en el sistema de la Seguridad Social.
• Alta en el IAE a efectos censales.
• Registro de nombre de dominio «.es».
• Inscripción de ficheros de datos personales en el Registro General de Protección de Datos.
• Solicitud de registro de marca y nombre comercial.
• Y desde el 11-5-2015, la comunicación de la apertura del centro de trabajo.

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