Prórroga de la exportación de la prestación de desempleo

Es conforme al Derecho de la UE que una Administración nacional de Seguridad Social deniegue por principio, aunque motivadamente, cualquier solicitud de prórroga, a menos que dicha Administración considere que la denegación de la prórroga daría lugar a un resultado no razonable. Así sucede, si el interesado acredita que está inmerso en un proceso de selección que le puede llevar a conseguir un empleo o cuando presenta una declaración de intenciones de un empresario que le ofrece perspectivas reales de contratación en el Estado de exportación de la prórroga.