Desde 1-1-2022, se modifica la escala autonómica y las deducciones por nacimiento o adopción, a la vez que se introducen otras modificaciones en determinadas deducciones autonómicas, aplicables a partir de 1-1-2023.
Si el sistema de retribución de los administradores fijado en los estatutos de una sociedad cumple los requisitos de claridad y precisión, no puede cuestionarse su deducibilidad por incumplimiento de la normativa mercantil.
La DGT se pronuncia sobre la tributación en el IIVTNU de una reducción de capital mediante la devolución de aportación no dineraria al accionista único consistente en inmuebles urbanos.
La competencia para comprobar obligados tributarios acogidos a un régimen especial varía en función del objeto de la comprobación. Solo cuando las actuaciones afectan a la aplicación del régimen especial, la competencia es exclusiva de la Inspección tributaria.
Se incorpora a la normativa foral la normativa europea sobre asimetrías híbridas, de forma que las entidades en régimen de atribución de rentas no dan lugar a la asimetría híbrida, convirtiéndose en contribuyentes del IS cuando se den las condiciones establecidas al efecto. Así, quedan obligadas al cumplimiento de las obligaciones contables y registrales que corresponda al método de determinación de sus rentas, incluidas las que tributan según este impuesto.
Con efectos a partir del 4-12-2022 y, siendo de aplicación por primera vez para las declaraciones correspondientes a 2022, a presentar en 2023, se modifican los modelos informativos 181, 184, 196, 198, 280 y 289.
Con efectos a partir del 1-1-2022, se aprueba una nueva deducción por intereses de financiación ajena para la inversión en vivienda habitual para jóvenes, y se modifican las deducciones por adquisición de vivienda para jóvenes y para víctimas del terrorismo con residencia en esta Comunidad Autónoma y por arrendamiento de vivienda habitual.