Novedades en las obligaciones formales del IGIC (RF 13/24 26 de Marzo de 2024 al 01 de Abril de 2024)

Entre las modificaciones a destacar, se aclara quiénes están obligados a llevar los libros registros de facturas expedidas y recibidas, y se unifica el periodo de liquidación para los empresarios o profesionales que estén obligados o hayan optado por la llevanza de los libros registro a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria.

Novedades en el plazo de presentación de determinadas obligaciones formales (RF 12/22 22 de Marzo de 2022 al 28 de Marzo de 2022)

Como consecuencia de la modificación de la regla de utilización efectiva en el IGIC, se establece el plazo en que los obligados tributarios deben modificar ciertas declaraciones informativas, solicitar la modificación de los datos ya consignados en los libros registro o presentar las autoliquidaciones o declaraciones censales.

Novedades respecto a las obligaciones formales del régimen fiscal de Canarias.

Se incorporan ciertas novedades en el régimen fiscal de Canarias en relación a las declaraciones censales, y a las obligaciones de informar sobre las operaciones con terceras personas, sobre las operaciones interiores exentas del IGIC por aplicación de la L 19/1994 art.25 y sobre operaciones incluidas en los libros registro del IGIC.

Modificación del Reglamento de gestión de los tributos de Canarias

Para su adaptación a las novedades introducidas por la L Canarias 4/2012, en particular a la supresión de la franquicia fiscal, se ha procedido a su vez a la modificación del Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Modificación del Reglamento de gestión de los tributos de Canarias

Para su adaptación a las novedades introducidas por la L Canarias 4/2012, en particular a la supresión de la franquicia fiscal, se ha procedido a su vez a la modificación del Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.