La Dirección General de Trabajo ha dictado una nota interna a propósito de los diferentes Expedientes de Regulación Temporal de Empleo, suspensivos de reducción de jornada, que puedan aplicarse como consecuencia de las medidas derivadas de la declaración del estado de alarma debido al coronavirus.
Se establecen medidas referidas a la retribución del personal de la AGE en situación de aislamiento; a la flexibilización de la jornada o a los permisos de aquellos con menores o mayores dependientes a cargo; a los servicios de atención al público; a reuniones, cursos y viajes; a las modalidades no presenciales de trabajo y reorganización de turnos; así como a los procesos selectivos en curso
A partir del 2-4-2020 se aplican determinadas especialidades a las empresas concursadas en la tramitación y resolución de los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza mayor y por causa económica, técnica, organizativa y de producción, como consecuencia del coronavirus.