Ante la situación generada por la evolución del Covid-19, en Gipuzkoa se han adoptado medidas relacionadas con el plazo de ingreso en periodo voluntario de la cuota tributaria correspondiente al 2020 del IBI.
Ante la situación generada por la evolución del Covid-19, en Bizkaia y Gipuzkoa se han adoptado algunas medidas relacionadas con la suspensión o prórroga de plazos administrativos.
Se introducen novedades en la deducción para evitar la doble imposición, por inversión en activos no corrientes nuevos, por participación en proyectos de I+D o IT y por creación de empleo, así como en las normas comunes a las deducciones. Asimismo se incorpora una deducción por reversión de medidas temporales.
Se declara inconstitucional y nula la eliminación de la exención del pago del ITP y AJD para la Iglesia Católica y las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado español, por vulnerar el derecho de libertad religiosa.
Se declara inconstitucional y nula la eliminación de la exención del pago del ITP y AJD para la Iglesia Católica y las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado español, por vulnerar el derecho de libertad religiosa.
Se declara inconstitucional y nula la eliminación de la exención del pago del ITP y AJD para la Iglesia Católica y las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado español, por vulnerar el derecho de libertad religiosa.
Se declara inconstitucional y nula la eliminación de la exención del pago del ITP y AJD para la Iglesia Católica y las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado español, por vulnerar el derecho de libertad religiosa.
Se declara inconstitucional y nula la eliminación de la exención del pago del ITP y AJD para la Iglesia Católica y las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que tengan suscritos acuerdos de cooperación con el Estado español, por vulnerar el derecho de libertad religiosa.