Se dispensa a la sociedad dominante de la obligación de consolidar si el conjunto del grupo o subgrupo no sobrepasa las dimensiones establecidas para la dispensa de la obligación de consolidar por razón del tamaño, salvo que alguna de las sociedades del grupo tenga la consideración de entidad de interés público. Además, se la dispensa si todas las sociedades filiales pueden quedar excluidas de la aplicación del método de integración global.
Las sociedades que formen parte de un grupo de personas con un vínculo familiar que poseen la mayoría de los derechos de voto de las mismas constituyen grupos sometidos a una unidad de decisión.
En las aportaciones no dinerarias de negocios cuando la sociedad adquirente y la transmitente, o el propio negocio aportado, tienen la calificación de empresa del grupo, el negocio recibido deber registrarse por el valor contable que tuviera en las cuentas anuales consolidadas elaboradas según las NOFCAC en la fecha en la que se realiza la operación. Si estas no se formulasen, se toman los valores que tuviera el negocio en las cuentas anuales individuales de la sociedad aportante.
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 63. Mayo 2012 Francisco de la Torre Díaz Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN. EL REAL DECRETO-LEY 12/2012 Y LA LIMITACIÓN DE LOS GASTOS FINANCIEROS Hace unos meses concluía el comentario sobre la […]
La sociedad absorbente que participaba previamente de forma directa en la absorbida, ha de reflejar los elementos patrimoniales de esta última por el valor que tuviera atribuido este negocio en las cuentas anuales consolidadas elaboradas por la dominante superior; debiendo entenderse que la referencia a la sociedad adquirente está realizada a la adquirente legal y no a la económica.
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 18. Enero-Marzo 2012 Gregorio Labatut Serer Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía. Universidad de Valencia En el Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (BOICAC), núm. 85 de marzo […]
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 16. Julio-Septiembre 2011 Gregorio Labatut Serer Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía. Universidad de Valencia 1. INTRODUCCIÓN En el Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (BOICAC) núm […]
Artículo publicado en Actum Fiscal nº 53-54. Julio/Agosto 2011 Francisco de la Torre Díaz Inspector de Hacienda del Estado 1. INTRODUCCIÓN. LA ESTRUCTURA FINANCIERA El Impuesto de Sociedades (IS) ha descansado históricamente en la diferencia entre fondos propios y […]
Artículo publicado en Actum Mercantil & Contable nº 15. Abril-Junio 2011 Gregorio Labatut Serer Departamento de Contabilidad. Facultad de Economía. Universidad de Valencia 1. INTRODUCCIÓN Como es sabido el reciente Real Decreto 1159/2010 de 17 de septiembre, publicado en […]