Aprobación, auditoría y depósito de cuentas anuales en fase de liquidación concursal
En la fase de liquidación concursal la sociedad sigue obligada a auditar, aprobar y depositar sus cuentas anuales en el RM.
En la fase de liquidación concursal la sociedad sigue obligada a auditar, aprobar y depositar sus cuentas anuales en el RM.
Aunque existan pagos parciales, la pérdida patrimonial derivada de la liquidación de un fondo de inversión se imputa al período impositivo en el que haya finalizado su proceso de liquidación.
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