Notas definitorias de la existencia de una relación laboral en el caso de los riders (RS 39/22 27 de Septiembre de 2022 al 03 de Octubre de 2022)

Se reconoce la existencia de relación laboral entre la empresa de reparto y los riders -repartidores- al concurrir todos los requisitos que caracterizan el contrato de trabajo.

Liquidaciones del IIVTNU impugnadas con anterioridad a la sentencia del TCo 182/2021 (RF 39/22 27 de Septiembre de 2022 al 03 de Octubre de 2022)

Cuando una liquidación tributaria ha sido impugnada tempestivamente, no cabe calificar de una situación consolidada que impida la aplicación de los efectos declarados en la sentencia del TCo 182/2021. Es por ello que la liquidación tributaria por el Impuesto es inválida y carente de eficacia por la inconstitucionalidad de sus normas legales de cobertura.

Validez de una segunda solicitud de rectificación de autoliquidación (RF 39/22 27 de Septiembre de 2022 al 03 de Octubre de 2022)

El TEAC adopta la doctrina del TS y reconoce que, en los casos de desestimación, cuando no haya una liquidación en un sentido jurídicamente reconocible, puede instarse una segunda solicitud de rectificación de autoliquidación siempre que se realice dentro del plazo de prescripción y se sustente en hechos sobrevenidos o motivos diferentes a los invocados en la primera solicitud. En los demás casos, se inadmite sin necesidad de entrar en el fondo de la cuestión.

Tratamiento del gasto de personal de un trabajador que es socio de la empresa (RF 39/22 27 de Septiembre de 2022 al 03 de Octubre de 2022)

Los gastos relativos a la retribución que perciba un socio mayoritario no administrador, como consecuencia de los servicios prestados en favor de la actividad empresarial de la sociedad, son fiscalmente deducibles cuando, observando las condiciones legalmente establecidas a efectos mercantiles y laborales, están contabilizados, imputados con arreglo a devengo y justificados documentalmente.