Nuevas medidas en el IRPF a consecuencia del COVID-19 (RF 02/21 12 de Enero de 2021 al 18 de Enero de 2021)

Se aprueban nuevas medidas tributarias para responder a la incidencia del COVID-19 en el ámbito de las actividades económicas.

Aplazamiento excepcional de deudas tributarias en Navarra a consecuencia del COVID-19 (RF 02/21 12 de Enero de 2021 al 18 de Enero de 2021)

Para responder a la incidencia del COVID-19 en el ámbito de las actividades económicas, se establece un nuevo aplazamiento excepcional de deudas tributarias, con las mismas condiciones que el regulado por la
LF Navarra 7/2020
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Índice de determinación del rendimiento neto en estimación objetiva del IRPF (RF 02/21 12 de Enero de 2021 al 18 de Enero de 2021)

Se fijan porcentajes de reducción del índice de determinación del rendimiento neto en estimación objetiva para determinadas actividades.

Entidades en atribución de rentas en el IRPF, IS e IRNR de Gipuzkoa (RF 02/21 12 de Enero de 2021 al 18 de Enero de 2021)

Se aprueba la interpretación sobre la consideración como entidades en atribución de rentas de determinadas entidades constituidas en el extranjero.

Organización y funciones del sistema tributario estatal y aduanero (RF 02/21 12 de Enero de 2021 al 18 de Enero de 2021)

Se incorporan novedades en materia de organización y atribución de competencias en las áreas de Gestión, Inspección, Recaudación, Aduanas e Impuesto Especiales de la Agencia Tributaria

Organización de los departamentos de la AEAT (RF 02/21 12 de Enero de 2021 al 18 de Enero de 2021)

Se establecen modificaciones en el ámbito de los departamentos que integran la estructura competencial de la AEAT. Se incorporan novedades en organización, funciones y competencias.

Aportaciones a planes de pensiones no reducidas de la base imponible (RF 02/21 12 de Enero de 2021 al 18 de Enero de 2021)

Partiendo de que la cantidad percibida en concepto de rescate de un plan de pensiones constituye rendimiento del trabajo gravado en el ejercicio de su obtención, la normativa del IRPF no impide que las aportaciones del partícipe no reducidas en su día de la base imponible, pudiendo haber practicado la reducción, puedan deducirse posteriormente en el momento de la obtención del rescate.