Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013 se extiende el régimen fiscal de la obra benéfico-social de las cajas de ahorro a las fundaciones bancarias.
A efectos del cómputo de la plantilla media de una empresa, no se considera empleado por cuenta ajena el socio que posee el 33,33% del capital de la sociedad, pues se presume que tiene el control de la misma.
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