Tributación en el IAE del autoconsumo
La actividad realizada para el propio autoconsumo del que la ejerce, no supone actividad económica a efectos del IAE, al no cumplir el requisito de producir o distribuir bienes y servicios, requisito imprescindible para considerar una actividad como económica y su ejercicio constitutivo del hecho imponible del Impuesto.